MÁNCORA- COMUNIDAD CAMPESINA ES SENTENCIADA POR DEFRAUDACIÓN Y ESTELIONATO
Según la sala Penal Descentralizada de Sullana, con el expediente Número 547-07 y en segunda instancia, confirmaron la SENTENCIA apelada el día seis de agosto de dos mil siete, que obra a fojas doscientos setenta a doscientos setenticinco, que falla CONDENANDO a JUAN RAMOS OLAYA MOGOLLÓN Y JOSÉ ALVARADO ATOCHE por el delito contra el patrimonio en la modalidad de DEFRAUDACIÓN-ESTELIONATO, en agravio del Sr. JAVIER ERNESTO FLORES BUISSON Y EL ESTADO PERUANO a UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA CONDICIONALMENTE, por un plazo de prueba por el mismo período, bajo las siguientes reglas de conducta:
A).-No incurrir en nuevo delito (vender tierras del Estado Peruano y NO de la Comunidad Campesina de Máncora).
B).-Reparar el daño causado, devolviendo la suma de cuatro mil setescientos noventicinco dólares americanos al agraviado Javier Ernesto Flores Buisson.
C).- No ausentarse del lugar de su residencia sino es con el permiso del Juzgado.
D).- Comparecer cada treinta días al local del Juzgado a fin de dar cuenta de sus actividades y FIJA: QUINIENTOS NUEVOS SOLES que pagará el sentenciado a favor de la parte agraviada. IMPÓNGASELE: Noventa días multa a razón de 4 soles con treinta céntimos por día, que equivale al veinticinco por ciento del jornal mínimo legal, lo que totaliza la suma de trescientos ochentaisiete nuevos soles a favor del ESTADO PERUANO.
Dra. Francisca Elera Correa- Secretaria de Sala- Sala Penal de Sullana.
Sullana, veintitrés de noviembre de dos mil siete.
envía un mensaje privadoUltima modificación: 12:48 28-06-2008

Publicar aviso gratis





